Régimen del Pequeño Contribuyente (Régimen Simplificado 5% y relación Débito / Crédito Declaración Jurada Anual
- Todas las facturas autorizadas que tengan en existencia, podrán usarse hasta el jueves 24 de mayo de 2012.
- A partir del domingo 1 de abril de 2012, deberán asignarse en forma visible la leyenda: “Factura de Pequeño Contribuyente, no genera derecho a Crédito Fiscal”, para poder seguir usando las facturas que tengan en existencia.
- El viernes 25 de mayo de 2012, dejarán de tener vigencia las facturas que tengan en existencia, por lo que deberán previo a esta fecha, solicitar una nueva autorización para la impresión de factura de Pequeño Contribuyente.